La acción penal: Inicio y fin

La acción penal, inicio y fin, es un tema transversal para las Ciencias Penales y Criminológicas, de indispensable conocimiento desde el punto de vista procesal.

Sobre el particular disertó Enzo Finochiaro, abogado y profesor universitario de la UZAC e IDEC en compañía de Julio Alejandro Pérez Graterol, Director de Universitas.

La video conferencia INICIO Y FIN DE LA ACCIÓN PENAL fue organizada por la #Cátedra Jorge Rosell, la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, las Universidades del Zulia y Yacambú, el Instituto de Altos Estudios Jurídicos-Lara y Universitas Fundación.

La acción penal, inicio y fin: Los sistemas acusatorio e inquisitivo

La historicidad de la acción penal nos remite a dos sistemas: el acusatorio y el inquisitivo.

Durante más de quinientos años estos sistemas rigieron los procesos de la acción penal en cuanto a quiénes, cuándo y cómo se procesa la acción penal.

El sistema acusatorio es la forma procesal de adelantar una investigación sobre un individuo que presuntamente ha cometido un delito, previa averiguación de la verdad.

Los participantes en este proceso son: el juez, iniciador de la acción penal y el acusador, fiscal hoy en día.

En el sistema inquisitivo inspirado en la Inquisición española, el imputado era la principal prueba, bien por su testimonio o por coacción testimonial. El juez estaba a cargo de iniciar y concluir la acción penal y el fiscal, designado por el Estado, decidía pero sin autonomía.

Era un sistema ceñido a la ley, escrito, secreto, extremadamente burocrático; una manera de alejar la víctima de la justicia y la sociedad.

Ambos sistemas coparon el escenario de la acción penal en América Latina hasta mediados de 1970.  Su colapso fue evidente: era prácticamente imposible procesar todos los casos que ingresaran al sistema judicial.

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Un nuevo sistema acusatorio se perfiló a la luz de las nuevas corrientes del pensamiento criminológico, Código Orgánico Procesal Penal Iberoamericano y el constitucionalismo.

La acción penal, inicio y fin: El nuevo sistema acusatorio

La acción penal adquiere nuevos parámetros en este sistema como su carácter público y la sustitución de lo escrito por la oralidad.

De igual manera se resuelven las siguientes interrogantes:

  • ¿Quiénes son los sujetos procesales? Son los nuevos actores que desempeñan roles de juez; fiscal o acusador público; defensor/imputado, víctima, querellante; particular damnificado/particular ofendido; asesor de menores e incapaces (MP).

Ninguno de ellos tiene más importancia que los demás.

  • ¿Cómo se inicia la acción penal? El modo tradicional sigue imperando a través de:
    • La denuncia tratando que la víctima tenga un mayor acercamiento a las instancias donde deba denunciar.
    • La flagrancia según constatación o no de la comisión del delito.
    • El oficio de quienes tengan conocimiento de la comisión del delito.
  • ¿Cuándo finaliza la acción penal? El fiscal es quien decide según el modo tradicional a través de la sentencia, la renuncia de las víctimas, la muerte del imputado o por amnistía e indulto.

De igual manera con la suspensión a prueba, la mediación penal/acuerdos probatorios, la negociación de pena-calificación leal y el criterio de oportunidad fiscal.

En fin, el caso penal debe ser objeto de toda la atención si de lo que se pretende es buscar la verdad que satisfaga los intereses de todos los afectados.

Universitas Fundación te invita a participar en nuestro Seminario Internacional de Derecho Comparado: Derecho Procesal Penal el 10 de noviembre de 2023 el cual hará énfasis en la evolución del sistema procesal en diferentes épocas y contextos y los procedimientos que den inicio a las garantías procesales. 

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En conclusión…

Hay que buscar alternativas, concentrar toda la atención en el proceso lo cual implica la búsqueda de la verdad si lo que se pretende es descongestionar y humanizar el sistema judicial.

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Si quieres  ampliar esta información visita la video conferencia aquí

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