Verificación del acta de entrega en la Administración Pública

En la Administración Pública venezolana, la transparencia y la rendición de cuentas son principios fundamentales que rigen la actuación de los servidores públicos. En este contexto, las «Normas para Regular la Entrega de los Órganos y Entidades de la Administración Pública y de sus respectivas Oficinas o Dependencias» (G.O. 38.311 de fecha 10 de noviembre de 2005) establecen un procedimiento para la entrega de cargos que incluye la elaboración de un acta de entrega, la verificación de su contenido y la formulación de observaciones.

El presente artículo analiza estas normas a la luz del Memorando No. 04-00-297 del 27 de mayo de 2009 emitido por la Contraloría General de la República (CGR). Se examinará la obligación de los funcionarios de realizar la entrega, el procedimiento de verificación y la importancia de las observaciones al acta.

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La obligación de realizar la entrega

El artículo 17 de las Normas establece la obligación de todo funcionario o empleado público que administre, maneje o custodie recursos o bienes públicos, de entregar formalmente el órgano, entidad, oficina o dependencia de la cual sea responsable, al cesar en su empleo, cargo o función. Esta entrega se realiza mediante un acta, en la cual se deja constancia del estado de la gestión.

El contenido del acta de entrega

El acta de entrega debe contener una descripción detallada de los asuntos pendientes, los bienes y los recursos que se entregan así como cualquier otra información relevante para la continuidad de la gestión. El artículo 7 de las normas establece los requisitos mínimos que debe contener el acta, incluyendo la identificación de los funcionarios entrante y saliente, la descripción de los bienes y recursos y las observaciones que se formulen.

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La verificación del acta de entrega

El artículo 18 de las normas establece que corresponderá a la Unidad de Auditoría Interna (UAI) la verificación de la sinceridad y exactitud del acta de entrega. Esta verificación se realizará sin perjuicio de las competencias de los órganos de control fiscal externo. La UAI debe elaborar un informe en el que se plasmen los resultados de la verificación, y remitirlo tanto a quien entregó como a quien recibió.

El plazo para la verificación

El artículo 18 de las normas establece un plazo de noventa (90) días hábiles para que la UAI realice la verificación y emita el informe correspondiente. Este plazo busca asegurar que la verificación se realice de forma oportuna y eficiente.

La propuesta de reforma

El Memorando No. 04-00-297 analiza una propuesta de reforma a las normas en la que se plantea la eliminación del plazo de noventa (90) días para la verificación del acta de entrega por parte de la UAI. La CGR, en su análisis, considera que la eliminación del plazo no es conveniente, ya que podría generar inseguridad jurídica tanto para el funcionario que entrega como para el que recibe.

La importancia del plazo

El plazo de noventa (90) días para la verificación del acta de entrega permite delimitar las responsabilidades del funcionario que entrega y del que recibe. Si no se establece un plazo, el funcionario que recibe podría verse expuesto a responsabilidades por actos, hechos u omisiones que no le son imputables.

La función de la UAI

La UAI, como órgano de control interno, tiene la responsabilidad de verificar la sinceridad y exactitud del acta de entrega. Esta verificación no se limita a la simple revisión de la información contenida en el acta sino que implica un análisis exhaustivo de su contenido, incluyendo las observaciones que se formulen a la misma.

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La potestad de investigación

En caso de que la UAI detecte indicios de irregularidades en el acta de entrega o en las observaciones formuladas a la misma, puede ejercer su potestad investigativa para determinar la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados. Esta potestad incluye la facultad de realizar investigaciones, solicitar información, y citar a declarar a los presuntos responsables.

La importancia de la transparencia y la rendición de cuentas

La verificación de las actas de entrega es un proceso fundamental para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la Administración Pública. Las actas de entrega permiten a los ciudadanos conocer el estado de la gestión pública y la forma en que se utilizan los recursos del Estado. La verificación de la UAI contribuye a asegurar que las actas de entrega reflejen la realidad de la gestión y que se hayan cumplido las normas y procedimientos aplicables.

Conclusión

La verificación de las actas de entrega por parte de la UAI es un proceso esencial para asegurar la correcta gestión de los recursos públicos y la protección del patrimonio del Estado. La UAI, en el ejercicio de sus funciones de control, debe realizar un análisis exhaustivo de las actas de entrega, incluyendo las observaciones que se formulen a las mismas. Este análisis debe comprender la verificación de la sinceridad, exactitud e integridad de la información contenida en el acta.

El plazo de noventa (90) días para la verificación del acta de entrega es un elemento importante que permite delimitar las responsabilidades del funcionario que entrega y del que recibe. La eliminación de este plazo podría generar inseguridad jurídica y afectar la transparencia en la gestión pública.

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En caso de detectar irregularidades, la UAI puede ejercer su potestad investigativa para determinar la responsabilidad administrativa de los servidores públicos involucrados. La transparencia y la rendición de cuentas son valores fundamentales en la gestión pública, y la verificación de las actas de entrega contribuye a fortalecer estos valores.

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