Registro de auditores y contralores del sector públicoThe certification document file financial statements with the auditor are providing advice to manager. Concept of Audit.

La Contraloría General de la República (CGR) ejerce una función crucial en la supervisión y control de los recursos públicos en Venezuela. Para llevar a cabo esta labor, la CGR se apoya en auditores, consultores y profesionales independientes que coadyuvan en el ejercicio de sus funciones de control fiscal e interno. Estos profesionales deben estar inscritos en el Registro de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control que lleva la CGR.

En este artículo se analizará el Memorando CGR No. 03-01-01-091 del 26 de marzo de 2012 que trata sobre las contrataciones reguladas por el Reglamento para el registro, calificación, selección y contratación de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control (G.O.  39.729 de fecha 05 de agosto de 2011). Se examinará la normativa que regula estas contrataciones, los requisitos de inscripción en el Registro de auditores y las diferencias entre el contrato de trabajo y el contrato por honorarios profesionales.

Descarga el Memorando ingresando en: https://universitas.legal/control-fiscal

Apoyo a las funciones de control

La Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal establece que los órganos de control fiscal, la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna y las máximas autoridades jerárquicas de los órganos y entidades del sector público pueden ejercer sus facultades de control apoyándose en los informes, dictámenes y estudios técnicos emitidos por auditores, consultores y profesionales independientes, calificados y registrados por la CGR.

Este apoyo es fundamental para fortalecer el Sistema Nacional de Control Fiscal ya que permite a los órganos de control acceder a conocimientos especializados y experiencia técnica para el ejercicio de sus funciones.    

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El Registro de Auditores, Consultores y Profesionales Independientes

El Reglamento para el registro, calificación, selección y contratación de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control regula el registro de auditores, calificación, selección y contratación de los profesionales que coadyuvarán con los órganos de control fiscal.

El objetivo del Reglamento es garantizar la idoneidad y capacidad de quienes prestan sus servicios profesionales en materia de control fiscal. Para ello, se establecen requisitos mínimos de profesionalización, capacitación o experiencia laboral o docente que deben cumplir las personas naturales y jurídicas que se inscriban en el Registro.    

Tipos de contrataciones

Las contrataciones de auditores, consultores y profesionales independientes en el sector público se pueden realizar bajo la modalidad de honorarios profesionales o mediante un contrato de trabajo.    

  • Contrato de trabajo: Se caracteriza por la subordinación o dependencia del trabajador respecto a su empleador. El trabajador está obligado a prestar un servicio personal bajo la dirección y control del empleador a cambio de una remuneración denominada salario. En sector público, el contrato de trabajo solo puede utilizarse para la contratación de personal altamente calificado para realizar tareas específicas y por tiempo determinado.
  • Contrato por honorarios profesionales: Se caracteriza por la autonomía e independencia del contratista; éste se obliga a prestar servicios específicos, por un tiempo determinado, a cambio de una remuneración denominada honorarios. A diferencia del trabajador, el contratista por honorarios profesionales no está sujeto a la subordinación del contratante. Tiene un amplio margen de discrecionalidad en cuanto a la forma de ejecutar el objeto del contrato, siempre que lo haga dentro del plazo fijado y según las estipulaciones acordadas.    
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Requisitos de inscripción en el Registro de Auditores

Para inscribirse en el Registro de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control, las personas naturales y jurídicas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Poseer título universitario en las áreas de Contaduría Pública, Administración, Economía, Derecho o Ingeniería.
  • Tener experiencia laboral o docente en el área de control fiscal.    
  • Haber realizado cursos de capacitación en materia de control fiscal.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de la función pública.   

Conclusión

La CGR se apoya en auditores, consultores y profesionales independientes para el ejercicio de sus funciones de control fiscal e interno. Estos profesionales deben estar inscritos en el Registro de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control y sus contrataciones se rigen por el Reglamento para el registro, calificación, selección y contratación de auditores, consultores y profesionales independientes en materia de control.

Las contrataciones se pueden realizar bajo la modalidad de honorarios profesionales o mediante un contrato de trabajo, según la naturaleza de los servicios a prestar. Este contrato se caracteriza por la subordinación del trabajador, mientras que el contrato por honorarios profesionales se caracteriza por la autonomía e independencia del contratista.

Para inscribirse en el Registro, las personas naturales y jurídicas deben cumplir con requisitos mínimos de profesionalización, capacitación o experiencia laboral o docente. El cumplimiento de estos requisitos garantiza la idoneidad y capacidad de los profesionales que coadyuvan en el control fiscal.

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