Desde que la FIFA dio a conocer el nuevo Reglamento de Agentes de Fútbol han existido diversas opiniones controversiales sobre el mismo. La principal de ella sobre la legitimidad de la FIFA, como institución, para establecer normativas en relación actividades económicas periféricas o no de la industria, como lo son los servicios de agentes en sí.

Ahora bien, es importante recordar que dicho reglamento establece ciertas medidas sobre la profesión de un agente FIFA de jugadores, entre ellas:

  • Una licencia obligatoria para poder representar jugadores
  • Límite en las comisiones al realizar transferencias de jugadores
  • Prohibición de representaciones múltiples

Impugnación de la PROFAA

Poco tiempo después de haber sido aprobado el Reglamento de la FIFA sobre Agentes de Fútbol, la asociación mundial de agentes PROFAA procedió a impugnar el reglamento, alegando que viola estatutos, legislaciones y normativas establecidas del:

  • Derecho suizo
  • Derecho comunitario
  • Otras normas internacionales

Nota: Como resultado, la FIFA y la PROFAA proceden a ser parte de un proceso de arbitraje bajo la competencia del TAS/CAS.

Argumentos de las partes

Los argumentos principales de la PROFAA se basan en establecer que los servicios de los agentes son una actividad económica periférica a la industria del Fútbol, en la cual no debería intervenir una organización privada como la FIFA, ya que se ven afectadas las libertades fundamentales.

Mientras tanto, la FIFA argumenta que los servicios de agente son un mercado estrechamente relacionado al deporte del fútbol, el cual se ha comprobado que produce efectos negativos o positivos en el mismo.

Laudo del TAS/CAS sobre el Reglamento de FIFA de Agentes de Fútbol

Ahora bien, durante el proceso de arbitraje, el TAS/CAS consideró que la PROFAA no ha demostrado que la FIFA carece la legitimidad para controlar los servicios de los agentes de fútbol.

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A su vez, la FIFA sí demostró que tiene legitimidad «técnica» y «democrática» para ello. Esto gracias a que desempeña un papel clave en la gobernanza deportiva y:

  • Es el organismo rector internacional del fútbol
  • No tiene otro organismo internacional sustituto, ya sea privado o público
  • Se realizó una consulta minuciosa de diversas partes interesadas relevantes para el reglamento y la necesidad de regular los servicios de los agentes

Como resultado, el TAS/CAS desestimó la impugnación realizada. Concluyó que la FIFA sí cuenta con las competencias y legitimidad para establecer regulaciones en el mercado de los servicios de agentes.

¿Puede el TAS/CAS decidir eso?

El TAS/CAS es el máximo tribunal del deporte, pero es un tribunal arbitral.

En ese sentido, tiene la competencia de llevar a cabo el proceso, pero en principio solo es vinculante para las partes del arbitraje que son FIFA y la asociación de agentes que presentó la demanda.

Como consecuencia, este caso de impugnación puede ser llevado a cabo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Mientras tanto, el Reglamento cuenta con la validez para seguir siendo implementado, excepto en Alemania debido a la medida cautelar de Dortmund, donde no tienen que cumplirlo sin antes haya salido una decisión del TJUE.