La revisión de cuentas a organizaciones sindicales e inhabilitación

Las organizaciones sindicales, como administradoras de fondos provenientes de sus afiliados, tienen la obligación de rendir cuentas de su gestión. Esta obligación establecida en la Ley Orgánica del Trabajo (G.O. 6.024 Extraordinaria de fecha 06-05-2011, vigente para la fecha del memorando), busca garantizar la transparencia en el manejo de los recursos sindicales y proteger los intereses de los trabajadores. En caso de incumplimiento de la obligación de rendir cuentas, la LOT prevé la inhabilitación de los miembros directivos de las organizaciones sindicales.

El presente artículo analiza la competencia de la Contraloría General de la República (CGR) para revisar las cuentas y declarar la inhabilitación de los miembros directivos de las organizaciones sindicales a la luz del Memorando No. 04-00-550 del 06 de septiembre de 2011. Se examinará el procedimiento para la revisión de cuentas de organizaciones sindicales, las causales de inhabilitación y la importancia del control fiscal en la gestión sindical.

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La revisión de cuentas a sindicatos

La LOT establece el procedimiento para la revisión de las cuentas de las organizaciones sindicales. Esta revisión puede ser solicitada por un porcentaje de sus miembros quienes deben acudir, en primer lugar, al órgano contralor de la federación o confederación a la que esté afiliado el sindicato. Si dicho órgano no se pronuncia en el plazo establecido o si los solicitantes no están conformes con los resultados, pueden acudir a la CGR para solicitar la revisión de las cuentas.

La competencia de la CGR

La CGR tiene la competencia para revisar las cuentas de las organizaciones sindicales, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la LOT. En particular, se debe haber agotado la instancia previa ante el órgano contralor de la federación o confederación y la solicitud debe ser presentada por un porcentaje mínimo de los miembros del sindicato.

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La inhabilitación de los miembros directivos

La LOT establece la inhabilitación como consecuencia del incumplimiento de la obligación de rendir cuentas. Los miembros directivos de las organizaciones sindicales que no rindan cuentas de su gestión no podrán ser reelectos. Esta inhabilitación busca asegurar la responsabilidad en el manejo de los fondos sindicales y proteger los intereses de los trabajadores.

El caso del Sindicato de la Universidad de Oriente Núcleo Sucre (STUDONS)

El Memorando No. 04-00-550 analiza el caso de una solicitud de revisión de cuentas del STUDONS. La CGR determinó que dicha solicitud no cumplía con los requisitos de la LOT ya que no se había agotado la instancia previa ante el órgano contralor de la federación o confederación. Por lo tanto, la CGR se declaró incompetente para revisar las cuentas del sindicato.

La declaratoria de ilegitimidad

La CGR tampoco tiene competencia para declarar la ilegitimidad de los miembros directivos de las organizaciones sindicales. La LOT no prevé esta figura y la responsabilidad por el incumplimiento de la obligación de rendir cuentas se limita a la inhabilitación para la reelección.

La inhabilitación como sanción accesoria

La inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas es una sanción accesoria que puede ser impuesta por la CGR en los casos de responsabilidad administrativa. Sin embargo, esta sanción solo puede ser impuesta luego de un procedimiento administrativo en el que se determine la responsabilidad del funcionario. No puede ser aplicada a los miembros directivos de una organización sindical por el simple incumplimiento de la obligación de rendir cuentas.

La rendición de cuentas como deber

La rendición de cuentas es un deber fundamental de las organizaciones sindicales. Los miembros directivos del sindicato deben rendir cuentas de su gestión de forma periódica y transparente para asegurar la confianza de los afiliados y la protección de los fondos sindicales.

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Conclusión

La revisión de cuentas de las organizaciones sindicales y la inhabilitación de sus miembros directivos son mecanismos importantes para asegurar la transparencia y la responsabilidad en la gestión de las organizaciones sindicales. La CGR tiene la competencia para revisar las cuentas de los sindicatos siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la LOT. La inhabilitación de los miembros directivos que no rindan cuentas de su gestión es una medida que busca proteger los intereses de los trabajadores y garantizar la correcta administración de los fondos sindicales.

Es fundamental que las organizaciones sindicales cumplan con la obligación de rendir cuentas de su gestión, para mantener la confianza de sus afiliados y asegurar la transparencia en el manejo de los recursos. El control fiscal, ejercido por la CGR y los órganos contralores de las federaciones y confederaciones, contribuye a fortalecer la gestión sindical y a proteger los derechos de los trabajadores.

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