Autonomía de las Contralorías Estadales para crear fundaciones

Las Contralorías Estadales, como órganos de Control Fiscal, desempeñan un papel fundamental en la vigilancia y fiscalización de los recursos públicos en el ámbito regional. Su autonomía, consagrada en la Constitución, les permite dictar sus propias normas y organizar su estructura para el cumplimiento de sus funciones. Sin embargo, esta autonomía no es absoluta y debe ejercerse dentro del marco legal vigente.

En el ejercicio de sus funciones, las Contralorías Estadales pueden crear fundaciones para fines de utilidad general. No obstante, la creación de estas fundaciones debe ajustarse a los principios de economía, eficiencia y legalidad, evitando la duplicación de funciones y la utilización indiscriminada de los recursos públicos.

Este artículo analiza la posibilidad de que las Contralorías Estadales constituyan fundaciones a la luz del Memorando No. 04-00-291 del 25 de mayo de 2009 emitido por la Contraloría General de la República (CGR). Se examinará la naturaleza jurídica de las Contralorías Estadales, su autonomía y los requisitos para la creación de fundaciones.

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Las Contralorías Estadales: naturaleza y funciones

Las Contralorías Estadales son órganos de control externo encargados de ejercer el control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos y bienes de los órganos y entidades (centralizadas y descentralizadas) estadales sujetos a su control, sin menoscabo del alcance de las funciones de la Contraloría General de la República. Su autonomía, consagrada en el artículo 163 de la Constitución les permite dictar sus propias normas y organizar su estructura para el cumplimiento de sus funciones.

La autonomía de las Contralorías Estadales

La autonomía de las Contralorías Estadales se manifiesta en la capacidad de dictar sus propias normas y de no estar adscritas a ningún poder estadal. Esto les permite actuar con independencia en el ejercicio de sus funciones de Control Fiscal. Sin embargo, esta autonomía no es absoluta y debe ejercerse dentro del marco legal vigente.

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La creación de fundaciones por las Contralorías Estadales

Las Contralorías Estadales, en ejercicio de sus funciones, pueden crear fundaciones para fines de utilidad general. Estas fundaciones, que forman parte de la Administración Pública Descentralizada funcionalmente, deben cumplir con los requisitos establecidos en el Código Civil y en la Ley Orgánica de la Administración Pública.

Requisitos para la creación de fundaciones

Para la creación de una fundación por parte de una Contraloría Estadal se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Objeto de utilidad general: La fundación debe tener un objeto de utilidad general que puede ser artístico, científico, literario, benéfico o social.
  • Patrimonio: El patrimonio inicial de la fundación debe estar constituido por aportes del Estado en un porcentaje mayor al cincuenta por ciento.
  • Autorización: La creación de la fundación debe ser autorizada por el Gobernador o Gobernadora del Estado.
  • Personalidad Jurídica: La fundación adquiere personalidad jurídica con la protocolización de su acta constitutiva en la Oficina Subalterna de Registro correspondiente.

Principios de economía y eficiencia

La creación de fundaciones por parte de las Contralorías Estadales debe ajustarse a los principios de economía y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. La figura de la fundación no debe ser utilizada indiscriminadamente para la realización de fines que el órgano podría cumplir por sí mismo o a través de instituciones ya existentes.

Control de tutela

Las fundaciones creadas por las Contralorías Estadales están sujetas al control de tutela por parte del Estado. Este control busca asegurar que la fundación cumpla con sus fines y que gestione sus recursos de forma transparente y eficiente.

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Conclusión

Las Contralorías Estadales, como órganos de Control fiscal, tienen la facultad de crear fundaciones para fines de utilidad general. Sin embargo, la creación de estas fundaciones debe ajustarse a los principios de economía, eficiencia y legalidad evitando la duplicación de funciones y la utilización indiscriminada de los recursos públicos.

Las fundaciones creadas por las Contralorías Estadales están sujetas al control de tutela por parte del Estado que busca asegurar que la fundación cumpla con sus fines y que gestione sus recursos de forma transparente y eficiente. La autonomía de las Contralorías Estadales les permite dictar sus propias normas y organizar su estructura para el cumplimiento de sus funciones, pero esta autonomía no es absoluta y debe ejercerse dentro del marco legal vigente.

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