Altos funcionarios y declaración jurada de patrimonio público

La lucha contra la corrupción en Venezuela se ha materializado en la creación de diversas leyes que buscan promover la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública. Entre estas leyes destaca la Ley Contra la Corrupción que establece la obligación de ciertos funcionarios públicos (Altos Funcionarios) de presentar una Declaración Jurada de Patrimonio. Esta declaración que contiene información sobre los bienes y activos del funcionario, permite a los órganos de Control Fiscal verificar la evolución del patrimonio del funcionario y detectar posibles irregularidades.

Sin embargo, la Ley Contra la Corrupción (actual G.O. 6.699 extraordinaria de fecha 02-05-2022) no define, con precisión, quiénes son los altos funcionarios que están obligados a presentar la Declaración Jurada de Patrimonio. En este contexto, el Memorando No. 04-00-243 del 11 de mayo de 2009 (analizando la Ley Contra la Corrupción vigente para la epoca G.O. 5.637 extraordinaria de fecha 07-04-2003) emitido por la Contraloría General de la República (CGR), analiza el alcance del término altos funcionarios en el marco de la Resolución No. 01-00-057 de la CGR, que exige la presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio actualizada a los altos funcionarios de los órganos y entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal.

Descarga el Memorando ingresando en: https://universitas.legal/control-fiscal

La Declaración Jurada de Patrimonio 

La Declaración Jurada de Patrimonio es un documento que contiene información detallada sobre los bienes y activos de un funcionario público. Esta declaración incluye información sobre bienes inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, inversiones, y otros activos. La finalidad de la Declaración Jurada de Patrimonio es permitir a los órganos de Control Fiscal verificar la evolución del patrimonio del funcionario y detectar posibles irregularidades.

También te puede interesar:  Procedimiento de investigación por informe de Auditoría

La Ley contra la corrupción (altos funcionarios)

La Ley Contra la Corrupción(actuales artículos 28 y 30),  establece la obligación de ciertos funcionarios públicos de presentar la Declaración Jurada de Patrimonio. Sin embargo, la Ley no define con precisión quiénes son los altos funcionarios que están obligados a presentarla.

La Resolución No. 01-00-057 de la CGR

La Resolución No. 01-00-057 de la CGR exige la presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio actualizada a los altos funcionarios de los órganos y entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal. Esta Resolución enumera una serie de cargos que se consideran como de altos funcionarios, incluyendo al Presidente y Vicepresidente de la República, los Diputados a la Asamblea Nacional, los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, los Ministros, los Gobernadores, los Alcaldes, entre otros.

El alcance del término Altos Funcionarios

El Memorando 04-00-243 analiza el alcance del término «altos funcionarios» en el contexto de la Resolución No. 01-00-057. La CGR señala que el término altos funcionarios no debe entenderse en el sentido restringido que le da la Ley del Estatuto de la Función Pública que lo limita a las máximas autoridades del Poder Ejecutivo.

La interpretación amplia

El término altos funcionarios debe interpretarse, en un sentido amplio, atendiendo al nivel jerárquico y a la naturaleza de las funciones o actividades que realice el funcionario dentro de una organización y por su vinculación con la administración, manejo y custodia del patrimonio público.

La Ley contra la corrupción como referencia

La CGR toma como referencia la Ley Contra la Corrupción para interpretar el término altos funcionarios. Esta Ley, en su artículo 3, numeral 2, considera como funcionarios o empleados públicos a los directores y administradores de sociedades civiles y mercantiles, fundaciones, asociaciones civiles y demás instituciones constituidas con recursos públicos, o cuando la totalidad de los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio provenientes de una o varias de estas personas, represente el cincuenta por ciento (50%) o más de su presupuesto o patrimonio.

También te puede interesar:  Importancia de la verificación del Acta de entrega en la Administración Pública

Funciones que comprometen el patrimonio público

La Ley Contra la Corrupción también considera, como funcionarios o empleados públicos, a quienes desempeñan funciones que puedan comprometer el patrimonio público como la participación en comités de compras, licitaciones, contratos, negocios o donaciones.

Conclusión

La obligación de presentar la Declaración Jurada de Patrimonio se extiende a los altos funcionarios de los órganos y entes del Poder Público. El término altos funcionarios debe interpretarse en un sentido amplio, atendiendo al nivel jerárquico y la naturaleza de las funciones del funcionario, así como a su vinculación con la administración del patrimonio público.

La Ley Contra la Corrupción sirve como referencia para la interpretación del término altos funcionarios, incluyendo a quienes desempeñan funciones que puedan comprometer el patrimonio público, como la participación en comités de compras, licitaciones, contratos, negocios o donaciones.

La Declaración Jurada de Patrimonio es un mecanismo importante en la lucha contra la corrupción ya que permite a los órganos de Control Fiscal verificar la evolución del patrimonio de los funcionarios públicos y detectar posibles irregularidades.

Conoce más sobre Universitas Legal ingresando en  https://universitas.legal/