Propuesta para reactivar la industria petrolera

La propuesta de reactivación innovando en la industria petrolera conlleva el aumento de la producción y el control de la contaminación de la atmósfera.

Este tema fue abordado por Ricardo Colmenter, abogado especialista en Derecho Internacional, Petróleo y Gas en la video conferencia «Propuesta para la reactivación de la industria petrolera potenciando la innovación» organizada por la Cátedra Pérez Alfonso y Universitas Fundación.

¿Qué premisas explican la propuesta para la industria petrolera?

Venezuela cuenta con las reservas probadas más grandes del mundo en materia de hidrocarburos;  supera a las de Arabia Saudita. Sin embargo, han caído de forma abrupta en los últimos 6 años.

Igualmente, y no menos importante, las ingentes reservas de gas, subutilizados en la inyección de los reservorios, también tiene efectos contaminantes.

En el contexto de esta realidad, puntualiza Colmenter, se enfoca el debate en función de propuestas muy particulares desde los marcos contractual y regulatorio:

Incentivar, de forma directa, la transferencia tecnológica para el aumento de la producción de hidrocarburos en Venezuela con dos elementos fundamentales: el económico en función de la reducción de costos de producción y el ambiental y así aminorar la emisión de gases  a la atmósfera. 

Sin embargo, frente a esta realidad, se requiere inversión, optimización de la gestión operativa y administrativa en la exploración y extracción de hidrocarburos y transferencia tecnológica.  

¿Qué aspectos contempla la propuesta de reactivación innovando?

En el contexto de menores costos de producción e impacto al medio ambiente con el fin de aumentar y optimizar la gestión operativa y administrativa e implementar mejores y más eficientes tecnologías, se necesita reformar la industria de servicios petroleras en Venezuela.

Su situación es crítica en los actuales momentos. Entre otras cosas, por el bajo inventario de activos de servicios y problemas de transferencia, desarrollo y capacitación tecnológica en temas de manufactura.  

Es el caso que compañías de servicios transnacionales migraron sus activos a otras jurisdicciones para evitar la perdida de sus capitales por desuso y depreciación.

La innovación en la industria petrolera es factible con inversión de las empresas de servicio y operadoras en investigación y desarrollo de tecnologías y otras instituciones.

¿Propuesta de reactivación como innovación?

La forma más expedita para promover la transferencia tecnológica es a través de los contratos, acuerdos institucionales y algunas reformas legislativas.  

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Sin embargo, referirnos a la innovación en exploración y producción, requiere tomar en cuenta la factibilidad de las patentes por invención en su condición de derecho territorial y sus aplicaciones en función de tres elementos: novedad, altura inventiva y aplicación industrial. 

El derecho de autor también juega un papel fundamental en la industria petrolera como el manejo de la data de producción, sísmica, geológica, interpretación y reinterpretación hecha con software altamente sofisticados.  

De allí que el conocimiento sistemático en tecnología de exploración y producción se materialice en  invenciones originales protegidas por patentes de derecho de autor. 

También por secretos industriales resguardados por disposiciones como el secreto, el valor económico de la información, la protección legal de la propiedad industrial y el derecho de autor. 

¿Cuáles son las propuestas en concreto?

La actualización del marco legal referido a la propiedad intelectual es fundamental. Es la garantía para que las empresas de servicio que decidan transferir tecnología en Venezuela se sientan cómodos y protegidos jurídicamente.  

Sin embargo, la ley de Propiedad Industrial, desactualizada, no responde a los estándares de protección acordados en materia petrolera ni procede la decisión 486 del Acuerdo de Cartagena.  

De allí la necesidad de impulsar un marco normativo que incentive la manufactura con transferencia tecnológica circunscrita ésta, a bienes intangibles y tangibles. 

Igualmente, la actualización de la infraestructura de gestión tecnológica en las figuras del  Ministerio de Ciencia y Tecnología e Intevep de tal manera que sus estrategias y políticas incentiven el incremento del inventario y la disponibilidad de activos de servicio. 

Adicionalmente, incorporar cláusulas de transferencia tecnológica en los contratos de servicios a pozos y estatutos de las empresas mixtas y así incentivar la innovación y subsanar deficiencias y obstáculos en los mecanismos de aplicación y adaptación de las nuevas tecnologías foráneas. 

Igualmente concretar en dichos contratos y estatutos, programas de transferencia de asistencia técnica y capacitación al personal para evitar la fuga de profesionales con conocimiento.

Universitas Fundación y Asociación Venezolana de Derecho Tributario, organizadores de la 20° Jornadas de Derecho Tributario: Tributación Petrolera se suman a este debate sobre las oportunidades para un futuro sostenible, resiliente y próspero al abordar, como ejes temáticos, los aspectos fundamentales de la actividad e industria de los hidrocarburos y la participación fiscal y poder tributario en Venezuela.

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¿Cómo concretar una mayor transferencia tecnológica?

Otra propuesta en el marco de la protección legal sería incentivar a los inversionistas foráneos y nacionales para la utilización y desarrollo de nuevas tecnologías.

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Así como también asociaciones entre operadores y empresas de servicios, universidades, institutos de desarrollo y escuelas diseñadas en el entrenamiento y desarrollo de nuevas tecnologías en exploración, producción y recuperación secundaria y terciaria.  

Esta recuperación secundaria implica, además del aumento de la tasa de recobro, mayor presión en el yacimiento mediante inyección de gas y vapor.  Y la terciaria, utilización de nanotecnología para inyectar polímeros, aumentar las temperaturas y producir más y más barato. 

Adicionalmente, la modificación de las estructuras estatutarias de las empresas mixtas que incluya obligaciones adicionales para los socios B para invertir en tecnología y de esa manera, el personal técnico especializado, transfiera el conocimiento y capacite a los nuevos actores de la industria petrolera.  

En fin, estas modificaciones normativas implican la definición de obligaciones mucho más ambiciosas y menos genéricas que incentiven la transferencia compensatoria: más allá del dinero, capturen conocimiento. 

¿Qué marco jurídico debe regular la propuesta?

Los mecanismos contractuales, por cesión o licencia, pueden beneficiar a PDVSA y empresas mixtas o nacionales desarrollando  la manufactura con la transferencia de tecnología y generar una cadena de valor paralela para la producción de hidrocarburos y productos herramientas. 

Necesitamos, también, incentivos para la importación temporal y la nacionalización de los activos de servicios petroleros que involucren nuevas tecnologías, a pesar de lo complicado de su repatriación.  

Estas retribuciones son  importantes legalmente y así los mecanismos de importación y repatriación sean más sencillos y los beneficios fiscales sirvan para implementar nuevas tecnologías. 

Los aportes de las empresas operadoras y de servicio se destinarían a un fondo especial para estimular el desarrollo de la ciencia y la tecnología y la innovación en la producción de crudos pesados y extra pesados, la recuperación secundaria y terciaria y las capturas en boca de pozo del gas metano.

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La reforma de la ley de Ciencia y Tecnología también es relevante para establecer acuerdos institucionales entre las industrias, INTEVEP, Ministerio de Ciencia y Tecnología y FONACIT  y favorecer el desarrollo de programas directos de capacitación. 

La modernización de los mecanismos de aplicación, adaptación e incorporación de nuevas tecnologías foráneas, pueden catalizar y simplificar los procesos de aprobación del uso de nuevas tecnologías por  INTEVEP y éste funja como supervisor y catalizador en la instrumentación de nuevas tecnologías con  estándares de seguridad de la industria.

Adicionalmente, el desarrollo de pozos pilotos escuelas con incentivos fiscales y económicos, como obligación contractual entre socios comprometidos a aplicar nuevas tecnologías y capacitación de  personal en la producción de crudos pesados y extra pesados. 

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