Los Consejo Legislativo son los órganos encargados de ejercer la potestad legislativa y de control político a nivel estadal en el Estado Federal descentralizado en Venezuela, aquí procedemos a detallar y precisar sus tareas y funciones.
Competencias Estadales Exclusivas
- Organizar Poder Publico Estadal
- Organizar sus municipios y demás entidades
- Organizar su división político territorial
- Administración de bienes, recursos
- Ramos tributarios propios
- Minerales no metálicas, salinas, ostrales y tierras baldías
- Organización de su policía y determinación de competencias policiales municipales
- Papel sellado, timbre estampilla
- Servicios públicos estadales
- Vías terrestres estadales
- Carreteras y autopistas nacionales, puertos y aeropuertos comerciales
- Mecanismo de transferencia en materia concurrente
- Pronunciamiento creación distrito metropolitano
Competencia Concurrente (regulación desarrollo)
- Identificadas con la Palabra El Estado en el texto constitucional.
- Competencias municipales
- Seguridad ciudadana
- Turismo
- La conservación, administración y aprovechamiento de carreteras, autopistas nacionales, puertos y aeropuertos de uso comercial .
- Tránsito terrestre.
Competencia Residual
Atribuidas por leyes
- Sancionar las leyes de descentralización y transferencia de los servicios públicos
- Definición de servicio públicos municipales mínimos
- Convocatoria, reunión, y funcionamiento de la comisión preparatoria CL.
- Atribución de otras funciones a la Junta directiva del CL.
- Atribución de otras funciones a la Comisión Delegada del CL.
- Atribución de otras funciones al Presidente del CL.
- Atribución de otras funciones al secretario del CL.
- Denominación y objeto de comisiones permanentes del CL
- Detallar Mecanismos de Control Parlamentario.
- Participación ciudadana en el ejercicio de funciones
- Desarrollo de regulación financiera estadal
- Estructura orgánica interna, sesiones, postulaciones, debates, quórum, deliberaciones, régimen de votaciones y mociones.
- Elección del representante al CEPyCPP.
- Instrucciones a órganos y entes para elaboración de planes.
- Reglamentar la participación de Alcaldías en la discusión de leyes estadales de régimen y organización de municipios.
- Establecer diferentes regímenes para la organización, gobierno y administración de los municipios, incluso en lo que respecta a la determinación de sus competencias y recursos
- Régimen jurídico, patrimonial y laboral transitorio en nuevos municipios
- Creación de nuevas tipos de entidades locales territoriales(comunas, ciudades, etc)
- Supuesto, condiciones de creación, origen recursos, funciones de entidades locales territoriales.
- Territorio, organización, competencias ingresos y bienes integración Consejo Metropolitano y denominación de la autoridad ejecutiva
Sin embargo no deben regular las siguientes materias, como son las Excluidas por regulación constitucional
- El territorio de los estados se organiza en municipios
- El desarrollo de los derechos constitucionales es por Ley Orgánica
- La creación de IA por medio de ley
- Competencias exclusivas República
- Competencias exclusivas Municipio
- Competencias implícitas o inherentes República
- Competencia residual tributaria
- Concurrentes (regulación básicas)
- Existencia de situado, calculo, forma distribución, porcentaje inversión, necesidad de ajuste ante variaciones, porcentaje de transferencia municipios, atribución a ley nacional principios normas y procedimiento de control
- Ley Orgánica que limite los Emolumentos
- Ley nacional que regule la seguridad Social
- Aprobación previa por la AN contrato con extranjeros
- Subordinación de la normativa interna a la comunitaria
- Una estructura organizativa compuesta por un Gobernador, Consejo Legislativo, Contralor y Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Pública
- Condiciones de elegibilidad de Gobernador, forma de elección, periodo, reelección, la rendición cuenta anual y ante quien.
- En el Consejo Legislativo el número de miembros (7-15), periodo, condiciones de elegibilidad, rendición de cuenta, inmunidad, reelección limitada, atribuciones y la competencia de la ley nacional para regular organización y funcionamiento
- Conformación del CPyCPP y el régimen organizativo atribuido a ley nacional
- Autonomía orgánica y funcional de la Contraloría Estadal, competencia, órgano que la dirige, forma de elección y condiciones sujetas a ley nacional
- Imposibilidad de crear aduanas ni impuestos de importación, de exportación o de tránsito sobre bienes nacionales o extranjeros.
- Gravar bienes de consumo antes de que entren en circulación dentro de su territorio
- Prohibir o gravar diferenciadamente el consumo de bienes producidos fuera de su territorio.
- gravar la agricultura, la cría, la pesca y la actividad forestal sin la participación de la ley nacional
- Las condiciones para la creación de entes descentralizados.
- Principios y disposiciones de la Administración Financiera reservada al nivel nacional.
Tampoco podrán regular las materias Excluidas por regulación legal Nacional, tales como:
- Sede, presupuesto, atribuciones, periodo de sesiones, y sus tipos en el Consejo Legislativo ,
- Existencia y atribuciones de la Junta Directiva, Presidente, Vicepresidente, secretario, comisiones, grupos parlamentarios de opinión y Comisiones Delegadas, presidente de comisión del Consejo Legislativo
- Deberes, derechos, incompatibilidades, dedicación exclusiva, remuneración, seguridad social
- Sujeción genérica de las Constituciones estadales a LOCLE
- Contenido mínimo del Control Parlamentario
- Existencia de estructura como Procurador, Secretario General de Gobierno, Directores Generales Sectoriales, Director de Planificación, Director de Presupuesto, Unidad administrativa en materia de presupuesto
- Sujeción reglamentaria a las normas e instructivos de la ONP
- Régimen Funcionarial
- Esquema de planificación y oportunidad presentación
- En la formación de la ley estadal, su definición , iniciativa, número mínimo de discusiones la existencia de un expediente y requerimientos de consulta.
- La obligación de Elaborar Plan Estadal de Desarrollo a cargo del Gobernador que será aprobado por CEPyCPP.
- La sujeción de la Actuación del Estado al Plan Estadal de Desarrollo.
- Existencia de POA y potestad reglamentaria de MIPLAN para elaboración.
- Sede, composición, convocatoria, instalación , forma elección representantes, su duración , atribuciones, modo funcionamiento, quórum, oportunidad e iniciativa de las sesiones apoyo institucional y fuente presupuestaria del CEPyCPP
- Lineamientos y marco de referencia del CEPyCPP.
- Iniciativa Requisitos creación, referéndum aprobatorio de municipios.
- Supuesto de creación, iniciativa, oportunidad, órganos principales y contenido mínimo de la ley de creación, elaboración del inventario de hacienda y traspaso de bienes en caso de Distritos metropolitanos.
- Contenido mínimo de la ley de entidades locales territoriales, definición objeto de la creación de dichas entidades , iniciativa, requisitos, sujeto creador y mecanismo , contenido competencial transferido variable a cargo del municipio.
- Regulación específica de las parroquias, que señala facultades, órgano de gestión, integrantes, elegibilidad, rendición cuenta, remuneración
A la espera de sus comentarios se despide
Julio Alejandro Pérez Graterol
Abogado-Consultor

Abogado; Consultor;Docente; I+D+I; Estudios en Derecho Constitucional, Administrativo y Procesal; Control Gestión Pública; Régimen Presupuestuario; Socio @ElBufeteNet Director @UniversitasF_