Gestión integral de la basura

La gestión integral de la basura requiere de un desarrollo normativo en cada uno de  los 335 municipios de Venezuela sin lo cual no podemos alcanzar un servicio público sostenible, continuo y eficiente.

¿Cuál es la concepción del Proyecto de Ordenanza de Gestión Integral de la Basura?

El proyecto de Ordenanza lo concibió y elaboró el equipo de la Cámara Nacional Sectorial de Servicios Ambientales ( CANSSAN) y Universitas Legal.

La inspiración del proyecto emanó de la observación de las necesidades detectadas en los municipios y las prácticas exitosas en torno a la regulación de este servicio público.  

Entre las competencias de estas entidades municipales previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela -CRBV- art. 178-4 se pueden mencionar:

La protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental; aseo urbano y domiciliario, comprendidos los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos y protección civil.

La concreción de dicho precepto obliga a cada Municipio fijar las regulaciones detalladas  ajustadas a las particularidades de cada entidad. 

¿Cuáles son los fundamentos del Proyecto de Ordenanza de la Gestión Integral de la Basura?

Un conjunto de soportes jurídicos, de rango legal y sub legal, fundamentan el Proyecto de Ordenanza. Estos son:  

  • Ley sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos (13/11/2001)
  • Ley Orgánica del Poder Público Municipal  (21/12/2010)
  • Ley de Gestión Integral de Basura (30/12/2010)
  • Normas para el manejo de los desechos sólidos de origen doméstico, comercial, industrial o de cualquier otra naturaleza que no sean peligrosos (Decreto N.º 2.216 de 23/04/1992)
  • Normas, Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Material Radioactivo (Decreto 2.210 de 23/04/1992)
  • Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el manejo de los Desechos Peligrosos (Decreto 2.635 de 22/071998)
  • Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadores de Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos (Resolución N.º 0003 del Ministerio de Ambiente)
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Este proyecto acoge las regulaciones de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las potestades tributarias de los Estados y Municipios en sus artículos 14, 15, 16, 21, 34, 35, 47.1, 48, 49.1 y 50. 

Es, específicamente, el basamento legal de la Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos que regula a los estados y municipios, ámbito normativo que faculta a los Municipios regular sus competencias.

¿Cuál es el impacto del proyecto de Ordenanza?

El proyecto de Ordenanza  que presentamos representa un recurso legislativo para promover los cambios que cada Municipio reclama en beneficio de la colectividad.

Se enmarca en las siguientes prescripciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (art. 168) y en la LOPPM (art. 2); 

El Municipio constituye la unidad política primaria de la organización nacional de la República, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma dentro de los límites de la Constitución y de la ley.

Esta prerrogativa faculta a cada entidad municipal para aplicar, respectivamente, y en el ámbito de su jurisdicción territorial, la presente ordenanza así como también los instrumentos legales con sujeción a la normativa nacional. 

En consecuencia, es tarea perentoria la regulación del servicio público de Gestión Integral de Residuos y Desechos Sólidos y de este modo estimular la transformación, desarrollo y mejoramiento de los servicios y garantizar  mayor bienestar para la población.

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