Auditores interinos y concurso

El Memorando CGR 04-00-490 del 21 de octubre de 2010 emitido por la Contraloría General de la República de Venezuela (CGR) aborda la inhabilitación de los Auditores Interinos de participar en concursos públicos para la designación de titulares de las  Unidades de Auditoría Interna.

En este análisis profundizamos sobre la interpretación del numeral 3 del artículo 17 del Reglamento sobre los Concursos Públicos del año 2010, aclarando las dudas sobre la participación de estos profesionales en dichos concursos.

Descarga el Memorando ingresando en: https://universitas.legal/control-fiscal

Los Auditores Interinos no ejercen funciones de administración o gestión

En el vigente Reglamento sobre los Concursos Públicos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales, numeral 3 del artículo 17 y en los titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados (G.O. No 39.350 del 20 de enero de 2010) se establece la inhabilidad para participar en los concursos públicos a quienes hayan desempeñado cargos directivos o gerenciales en el ente u organismo convocante en los últimos cinco años.

Esta restricción busca preservar la objetividad e imparcialidad en el ejercicio del control fiscal, principios fundamentales consagrados en el artículo 8 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (G. O. N° 6.013 Extraordinario, de fecha 23 de diciembre de 2010). 

Argumentos de la Contraloría General de la República 

Sin embargo, el Memorando 04-00-490 aclara que esta inhabilidad no aplica a los Auditores Internos Interinos. A pesar de que puedan ocupar cargos con denominaciones como «Gerente» o «Director», estos funcionarios no ejercen funciones de administración o gestión, ni realizan actos de administración de bienes o recursos públicos. Su labor se centra en el control posterior de las actividades, verificando la legalidad, exactitud y corrección de las operaciones.

También te puede interesar:  ¿Cuáles son las competencias de las Unidades de Auditoría Interna?

Los Auditores Interinos ejercen funciones del control fiscal

La CGR establece una clara distinción entre las funciones de la administración activa, encargada de la administración, custodia y manejo de los recursos públicos y las del control fiscal, enfocada en la fiscalización y control de dichas actuaciones. Esta separación de funciones es esencial para garantizar la independencia de criterio y la objetividad en el ejercicio del control fiscal.

El artículo 11 de las hoy derogadas Normas Generales de Control Interno de 1997 (G.O. N° 36.229 del 17 de junio de 1997) y el artículo 19 del aún vigente Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (G.O. N° 39.240 de fecha 12 de agosto de 2009) prohíben al órgano contralor participar en actos típicamente administrativos. Su función comienza cuando la administración culmina la suya, es decir, cuando ya se han tomado las decisiones y, de esta manera, se evita interferir en la órbita de competencias administrativas.

Por lo tanto, los Auditores Internos Interinos, al no ejercer funciones de administración o gestión, no están inhabilitados para participar en los concursos públicos para la designación de titulares de Unidades de Auditoría Interna. Su labor de control posterior, desvinculada de las operaciones sujetas a su control, garantiza la independencia de criterio, objetividad e imparcialidad requeridas para el ejercicio del control fiscal.

Conclusión

El Memorando 04-00-490 de la Contraloría General de la República ofrece una importante aclaratoria sobre la participación de Auditores Interinos en concursos públicos. Al deslindar sus funciones de las propiamente administrativas, se reconoce su capacidad para ejercer el control fiscal con objetividad e imparcialidad, lo que fortalece el Sistema Nacional de Control Fiscal.

También te puede interesar:  Crisis de transparencia en Venezuela y sus desafíos

Los invitamos a compartir sus comentarios y experiencias sobre este tema. Para obtener más información sobre control fiscal, visiten nuestra página especializada: https://universitas.legal/control-fiscal/

Conoce más sobre Universitas Legal ingresando en  https://universitas.legal/