El Ejecutivo Nacional, a través de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, emitió nuevas directrices de control para fortalecer la fiscalización de los contratos públicos oficializadas en la Gaceta Oficial No. 43.158 de fecha 27 de junio del 2025.
El propósito fundamental de estas “Normas de Control Interno aplicables a Contrataciones Públicas” es garantizar el adecuado funcionamiento y el mejoramiento del sistema de fiscalización de los contratos del sector público con el fin de optimizar la transparencia, la eficiencia y la rendición de cuentas.
Nueva era de fiscalización de los contratos públicos
Este marco de fiscalización y control es de carácter vinculante, su aplicación es responsabilidad de la máxima autoridad y los directivos de cada ente público. La superintendente señala que esta regulación es una herramienta esencial contra la corrupción, con el fin de fortalecer una gestión pública honesta y eficiente que asegure que los fondos del Estado se traduzcan en beneficios para el pueblo venezolano.
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Directrices para la fiscalización de contratos públicos y su impacto
Las nuevas directrices en materia de fiscalización de contratos públicos reúnen una serie de innovaciones y refuerzos normativos diseñados para modernizar y asegurar la integridad de los procesos de adquisición y contratación con el Estado. Las nuevas normas buscan erradicar prácticas irregulares y fomentar una gestión más pulcra y responsable. Se centran en varios puntos clave que apuntan a modernizar y asegurar los procesos de contratación, promoviendo una fiscalización de contratos públicos más robusta y efectiva:
- Eficiencia: Implica la simplificación de trámites administrativos y el uso de medios electrónicos para incrementar la efectividad y transparencia en los procedimientos de cada contratación, permitiendo una mejor fiscalización.
- Expediente único: Todo proceso de contratación debe generar un solo expediente, foliado cronológicamente, y contener cada una de las acciones realizadas, contando desde la solicitud inicial hasta el cierre administrativo del contrato.
- Prohibición de fraccionar: Se aplica taxativamente la restricción de dividir la ejecución de una misma obra, servicio o adquisición de bienes, con la finalidad de disminuir su cuantía y eludir los procedimientos de selección preexistentes en la ley.
- Justificación de la contratación directa: La aplicación de la mencionada modalidad debe ser razonablemente justificada mediante acto motivado emanado de la máxima autoridad del ente contratante.
Impulso a la transparencia y participación en la fiscalización
Más allá de los controles internos y las prohibiciones específicas, las nuevas normas también ponen un énfasis significativo en el impulso a la participación inclusiva y la claridad en los procesos, fortaleciendo así la fiscalización de contratos públicos desde múltiples frentes. Algunos de los aspectos principales de la norma son:
- Registro de proveedores digitales: Los entes contratantes deben establecer y mantener un registro de proveedores en formato digital, el cual debe ser actualizado anualmente.
- Participación del poder popular: Se debe garantizar la participación de pequeños y medianos actores económicos. Su inclusión se promueve como una forma de fiscalización y control social sobre los procesos de contratación pública.
- Debido proceso: Los contratantes deben notificar por escrito a los proveedores los resultados de sus evaluaciones de desempeño antes de remitirlos al Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), a los fines de garantizar el debido proceso.
Conclusión
A través de la implementación de un nuevo marco normativo, el Ejecutivo Nacional ha intensificado la fiscalización de contratos públicos y el cerco a la corrupción en las contrataciones públicas. Este sistema de fiscalización introduce controles más rigurosos como la prohibición expresa de fraccionar contratos con el fin de evadir los procedimientos de selección legalmente establecidos. Esta medida ataca directamente una de las prácticas más comunes para eludir la transparencia y favorecer actos de corrupción, asegurando que las adquisiciones de mayor cuantía se sometan al escrutinio debido.
Asimismo, la normativa refuerza el control al exigir que la modalidad de contratación directa sea utilizada de forma excepcional y se justifique a través de un acto motivado por la máxima autoridad del ente contratante. Junto con la obligación de mantener un expediente único y foliado para cada proceso, estas directrices aumentan la transparencia y la rendición de cuentas y facilita el seguimiento y la auditoría, garantizando una gestión pública más honesta y eficiente con los fondos del Estado.
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